Quiénes deben de intervenir ante un caso de crueldad

La atención y resolución de los casos de crueldad hacia los animales, es TAREA DE TODOS, sobre todo cuando se trata de animales domésticos y de compañía. No es necesario pertenecer a ninguna asociación y organización de defensa de los animales para intervenir, como ciudadanos nos asisten exactamente los mismos derechos y tenemos a la mano las mismas herramientas para poder hacer algo para ayudar a los animales que sufren. Debemos de tener en cuenta que las organizaciones Pro Animales, la mayoría de veces tampoco tienen un registro formal, son simplemente un grupo de personas reunidas con un objetivo común. Además, debemos descartar la idea que la atención de los casos de crueldad es obligación de las protectoras porque es falso. Todas las personas que pertenecen a las protectoras de animales hacen una labor completamente VOLUNTARIA y no reciben subvención de nadie, muchos menos del estado, subsisten gracias al empeño y dedicación de cada persona que integra la organización.

Casos de Crueldad

Cuando un animal se encuentra en una situación adversa provocada de manera deliberada o negligentemente por su dueño, o por cualquier otra persona, podemos decir que estamos ante un caso de crueldad. Este tipo de situaciones provocan en el animal estrés, sufrimiento y en algunos casos, conductas agresivas o destructivas. Los casos más comunes son lo que se producen por negligencia o desinterés:

- Dejar al animal confinado y marginado en un área, a la intemperie, sin agua y sin alimentación adecuada.
- No brindarle al animal cuidado veterinario cuando éste lo necesite.
- Cuando se permite que las mascotas se reproduzcan indiscriminadamente.

Casos de crueldad deliberada:

- Cuando se trata al animal con violencia, golpes, colocación de veneno etc
- Cuando se lucra con ellos, obligándolos a reproducirse para luego comerciar con los recién nacidos.
- Cuando se desatiende sus necesidades básicas de manera deliberada

Qué dice la Ley de Protección a los Animales Domésticos 27265

La Ley Peruana de Protección a los Animales aprobada en el año 2000 es un documento, que si bien no tiene reglamento, es un apoyo para dar un primer paso en favor de los animales. En ella se indica claramente que es de interés nacional, la protección de todas las especies de animales domésticos y silvestres mantenidos en cautiverio, contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesión o muerte.

Qué hacer ante un Caso de Crueldad

Este manual pretende brindar lineamientos básicos de orientación con el fin de informar a las personas sobre los pasos a seguir ante un caso de crueldad:

1.- Lo más aconsejable, en todos los casos es, en primera instancia, es acercarse a conversar de buena manera con el dueño o agresor para preguntar a qué se debe el trato que recibe el animal. Sabemos que para muchos esta es la parte más complicada, ya que nos exponemos a que se nos insulte o se nos indique que “no es nuestro problema” pero todos afrontamos exactamente los mismo y la clave está en acercarse con mucha seguridad y sobre todo, sin agredir ni física ni verbalmente a la persona en cuestión. Tenemos que dejarle creer que nos acercamos para ayudarlo y no para criticarlo. Es muy importante, de otro lado, tener a la mano una copia de la Ley de Protección a los Animales para utilizarlo como elemento de información, pero no de coerción. Al menos no todavía.

2.-Del mismo modo es muy importante, averiguar en la Municipalidad de nuestro distrito cuáles son las ordenzas que se han promulgado con respecto a la tenencia de animales. La mayoría de Municipios tiene ordenanzas que prohíben el maltrato hacia los animales, y es más, las ordenanzas municipales sí contemplan sanciones económicas, a diferencia de la Ley de Protección, para los infractores. El problema es que nadie se da el trabajo de averiguar y por eso muchos ciudadanos sienten que no pueden hacer nada al respecto. Es tarea de todos los ciudadano velar por el cumplimiento de las ordenanzas municipales.

3.- Si el dueño o el agresor del animal no cambia de actitud podemos, con una copia de la ordenanza municipal y la Ley de Protección, efectuar una denuncia en el mismo Municipio y exigir la comprobación del caso. Todas las Municipalidades tienen un área de Sanidad y es ésta precisamente la encargada del control de los animales domésticos.

4.-Por experiencia podemos afirmar que la mayoría de casos de crueldad en el Perú son ocasionados por negligencia. Los casos de crueldad deliberada son menores en cantidad, pero lamentablemente la resolución de este tipo de casos es sumamente difícil, aún para los que tienen más experiencia. Como consejo, si nos encontramos ante un caso de violencia hacia algún animal, sabemos de sobra que esta persona no cambiará de actitud, por lo tanto es recomendable, aprovechar cualquier descuido del agresor y si el animal sale de casa, retirarlo del lugar sin que nadie lo note.

5.-Si está a nuestro alcance poder tomar fotografías del animal o de la situación de maltrato, sería de mucha utilidad ya que son pruebas que se adjuntan a la denuncia.

6.- Debemos aclarar que lamentablemente, es imposible castigar a un agresor de animales de la manera en que realidad se lo merece; con la cárcel, aunque éste haya infligido el peor y más cruel de los maltratos hacia un animal. Estamos trabajando arduamente nos sólo para educar a la población sobre el respeto que lo animales se merecen, sino también para perfeccionar la Ley.

7.- Cuando se trata de animales peligrosos (Pitbulls, rotweillers etc) utilizados de manera prepotente por sus dueños para amedrentar a los vecinos y/o otras mascotas, es menos complicado poder hacer algo al respecto, ya que en la gran mayoría de distritos, ya se ha regulado, por lo menos en papel, la tenencia de este tipo de canes, así que los miembros de serenazgo acuden ante el llamado de cualquier vecino que tiene alguna queja sobre la utilización inapropiada de canes peligrosos.
Para que todas las leyes y ordenanzas que existen sobre el tema se cumplan y sean efectivas, es imprescindible que haya un denunciante, ya que este tipo de faltas no son perseguidas de oficio por la autoridad, es decir que es necesario que algún ciudadano se involucre y denuncie el problema y sobre todo, insista para que se tomen medidas correctivas.

8.- Cuando nos encontramos ante un caso de Venta de Mascotas, lo que debemos de hacer es averiguar en el Municipio si el local tiene permiso de funcionamiento y sobre todo, permiso para vender animales. Los defensores de animales nos oponemos a cualquier tipo de venta de animales, legal o ilegal, pero en el caso de las Pet Shops, la única manera de hacer algo, en el corto plazo es averiguar si tienen licencia. Si es que no cuentan con licencia, el personal de la Municipalidad procederá al cierre y si es que sí cuentan con ella, la queja tiene que hacerse alegando bulla, desorden y mala limpieza, debemos comprender que a veces tenemos que hechar mano de otros recursos para que nuestra queja sea atendida.

Recomendaciones Generales

• En todos los casos se recomienda tener mucha paciencia porque ningún caso de crueldad animal se resuelve de la noche a la mañana, a veces no basta con denunciar, hay que seguir el curso de la denuncia e insistir en ella.
• Contar con copia de la Ley de Protección a los Animales 27265
• Contar con copia de la Ley 27596 que regula el régimen jurídico de los canes
• Contar con copia de la ordenanza municipal de nuestro distrito sobre temas de tenencia de mascotas
• Ante cualquier persona, ya sea el dueño del animal maltratado, alguna autoridad municipal, de serenazgo o policial, es imprescindible mostrar seguridad sobre el tema. No debemos dejar de que nos convenzan que es imposible hacer algo o de que no tenemos por qué involucrarnos.

Conclusiones
Queda claro que el tema de la crueldad hacia los animales es una terrible realidad y que todos tenemos la obligación de hacer algo para ayudar a los animales víctimas del maltrato. De otro lado, la verdadera solución a largo plazo pasa por un proceso de re educación. Está en manos de cada uno de nosotros esparcir el mensaje de la tenencia responsable de animales y sobre todo, del respeto que ellos también merecen. En conversaciones cotidianas, en nuestros trabajos, hogares, con vecinos etc siempre debemos aprovechar para dejar en claro que, si en algún momento elegimos tener una mascota, pues debemos refrendar día a día ese compromiso y no desatenderlas. Toda persona que decide tener un animal tiene la OBLIGACIÓN de satisfacer las necesidades básicas del mismo. No hay excusa para no hacerlo. Nadie nos obliga a tener un perro o un gato.

NOTA
En San Isidro Ordenanza 059 (Entró en rigor el 14 de diciembre del 2003)
Información enviada por ALCO PERU ( www.alcoperu.org )