Quiénes deben de intervenir ante
un caso de crueldad
La atención y resolución de los casos
de crueldad hacia los animales, es TAREA DE TODOS, sobre todo cuando
se trata de animales domésticos y de compañía.
No es necesario pertenecer a ninguna asociación y organización
de defensa de los animales para intervenir, como ciudadanos nos
asisten exactamente los mismos derechos y tenemos a la mano las
mismas herramientas para poder hacer algo para ayudar a los animales
que sufren. Debemos de tener en cuenta que las organizaciones Pro
Animales, la mayoría de veces tampoco tienen un registro
formal, son simplemente un grupo de personas reunidas con un objetivo
común. Además, debemos descartar la idea que la atención
de los casos de crueldad es obligación de las protectoras
porque es falso. Todas las personas que pertenecen a las protectoras
de animales hacen una labor completamente VOLUNTARIA y no reciben
subvención de nadie, muchos menos del estado, subsisten gracias
al empeño y dedicación de cada persona que integra
la organización.
Casos de Crueldad
Cuando un animal se encuentra en una situación
adversa provocada de manera deliberada o negligentemente por su
dueño, o por cualquier otra persona, podemos decir que estamos
ante un caso de crueldad. Este tipo de situaciones provocan en el
animal estrés, sufrimiento y en algunos casos, conductas
agresivas o destructivas. Los casos más comunes son lo que
se producen por negligencia o desinterés:
- Dejar al animal confinado y marginado en un área,
a la intemperie, sin agua y sin alimentación adecuada.
- No brindarle al animal cuidado veterinario cuando éste
lo necesite.
- Cuando se permite que las mascotas se reproduzcan indiscriminadamente.
Casos de crueldad deliberada:
- Cuando se trata al animal con violencia, golpes,
colocación de veneno etc
- Cuando se lucra con ellos, obligándolos a reproducirse
para luego comerciar con los recién nacidos.
- Cuando se desatiende sus necesidades básicas de manera
deliberada
Qué dice la Ley de Protección
a los Animales Domésticos 27265
La Ley Peruana de Protección
a los Animales aprobada en el año 2000 es un documento, que
si bien no tiene reglamento, es un apoyo para dar un primer paso
en favor de los animales. En ella se indica claramente que es de
interés nacional, la protección de todas las especies
de animales domésticos y silvestres mantenidos en cautiverio,
contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre,
directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario,
lesión o muerte.
Qué hacer ante un Caso de Crueldad
Este manual pretende brindar lineamientos básicos
de orientación con el fin de informar a las personas sobre
los pasos a seguir ante un caso de crueldad:
1.- Lo más aconsejable, en todos los casos
es, en primera instancia, es acercarse a conversar de buena manera
con el dueño o agresor para preguntar a qué se debe
el trato que recibe el animal. Sabemos que para muchos esta es la
parte más complicada, ya que nos exponemos a que se nos insulte
o se nos indique que “no es nuestro problema” pero todos
afrontamos exactamente los mismo y la clave está en acercarse
con mucha seguridad y sobre todo, sin agredir ni física ni
verbalmente a la persona en cuestión. Tenemos que dejarle
creer que nos acercamos para ayudarlo y no para criticarlo. Es muy
importante, de otro lado, tener a la mano una copia de la Ley de
Protección a los Animales para utilizarlo como elemento de
información, pero no de coerción. Al menos no todavía.
2.-Del mismo modo es muy importante, averiguar
en la Municipalidad de nuestro distrito cuáles son las ordenzas
que se han promulgado con respecto a la tenencia de animales. La
mayoría de Municipios tiene ordenanzas que prohíben
el maltrato hacia los animales, y es más, las ordenanzas
municipales sí contemplan sanciones económicas, a
diferencia de la Ley de Protección, para los infractores.
El problema es que nadie se da el trabajo de averiguar y por eso
muchos ciudadanos sienten que no pueden hacer nada al respecto.
Es tarea de todos los ciudadano velar por el cumplimiento de las
ordenanzas municipales.
3.- Si el dueño o el agresor del animal
no cambia de actitud podemos, con una copia de la ordenanza municipal
y la Ley de Protección, efectuar una denuncia en el mismo
Municipio y exigir la comprobación del caso. Todas las Municipalidades
tienen un área de Sanidad y es ésta precisamente la
encargada del control de los animales domésticos.
4.-Por experiencia podemos afirmar que la mayoría
de casos de crueldad en el Perú son ocasionados por negligencia.
Los casos de crueldad deliberada son menores en cantidad, pero lamentablemente
la resolución de este tipo de casos es sumamente difícil,
aún para los que tienen más experiencia. Como consejo,
si nos encontramos ante un caso de violencia hacia algún
animal, sabemos de sobra que esta persona no cambiará de
actitud, por lo tanto es recomendable, aprovechar cualquier descuido
del agresor y si el animal sale de casa, retirarlo del lugar sin
que nadie lo note.
5.-Si está a nuestro alcance poder tomar
fotografías del animal o de la situación de maltrato,
sería de mucha utilidad ya que son pruebas que se adjuntan
a la denuncia.
6.- Debemos aclarar que lamentablemente, es imposible
castigar a un agresor de animales de la manera en que realidad se
lo merece; con la cárcel, aunque éste haya infligido
el peor y más cruel de los maltratos hacia un animal. Estamos
trabajando arduamente nos sólo para educar a la población
sobre el respeto que lo animales se merecen, sino también
para perfeccionar la Ley.
7.- Cuando se trata de animales peligrosos (Pitbulls,
rotweillers etc) utilizados de manera prepotente por sus dueños
para amedrentar a los vecinos y/o otras mascotas, es menos complicado
poder hacer algo al respecto, ya que en la gran mayoría de
distritos, ya se ha regulado, por lo menos en papel, la tenencia
de este tipo de canes, así que los miembros de serenazgo
acuden ante el llamado de cualquier vecino que tiene alguna queja
sobre la utilización inapropiada de canes peligrosos.
Para que todas las leyes y ordenanzas que existen sobre el tema
se cumplan y sean efectivas, es imprescindible que haya un denunciante,
ya que este tipo de faltas no son perseguidas de oficio por la autoridad,
es decir que es necesario que algún ciudadano se involucre
y denuncie el problema y sobre todo, insista para que se tomen medidas
correctivas.
8.- Cuando nos encontramos ante un caso de Venta
de Mascotas, lo que debemos de hacer es averiguar en el Municipio
si el local tiene permiso de funcionamiento y sobre todo, permiso
para vender animales. Los defensores de animales nos oponemos a
cualquier tipo de venta de animales, legal o ilegal, pero en el
caso de las Pet Shops, la única manera de hacer algo, en
el corto plazo es averiguar si tienen licencia. Si es que no cuentan
con licencia, el personal de la Municipalidad procederá al
cierre y si es que sí cuentan con ella, la queja tiene que
hacerse alegando bulla, desorden y mala limpieza, debemos comprender
que a veces tenemos que hechar mano de otros recursos para que nuestra
queja sea atendida.
Recomendaciones Generales
• En todos los casos se recomienda tener
mucha paciencia porque ningún caso de crueldad animal se
resuelve de la noche a la mañana, a veces no basta con denunciar,
hay que seguir el curso de la denuncia e insistir en ella.
• Contar con copia de la Ley de Protección a los Animales
27265
• Contar con copia de la Ley 27596 que regula el régimen
jurídico de los canes
• Contar con copia de la ordenanza municipal de nuestro distrito
sobre temas de tenencia de mascotas
• Ante cualquier persona, ya sea el dueño del animal
maltratado, alguna autoridad municipal, de serenazgo o policial,
es imprescindible mostrar seguridad sobre el tema. No debemos dejar
de que nos convenzan que es imposible hacer algo o de que no tenemos
por qué involucrarnos.
Conclusiones
Queda claro que el tema de la crueldad hacia los animales es una
terrible realidad y que todos tenemos la obligación de hacer
algo para ayudar a los animales víctimas del maltrato. De
otro lado, la verdadera solución a largo plazo pasa por un
proceso de re educación. Está en manos de cada uno
de nosotros esparcir el mensaje de la tenencia responsable de animales
y sobre todo, del respeto que ellos también merecen. En conversaciones
cotidianas, en nuestros trabajos, hogares, con vecinos etc siempre
debemos aprovechar para dejar en claro que, si en algún momento
elegimos tener una mascota, pues debemos refrendar día a
día ese compromiso y no desatenderlas. Toda persona que decide
tener un animal tiene la OBLIGACIÓN de satisfacer las necesidades
básicas del mismo. No hay excusa para no hacerlo. Nadie nos
obliga a tener un perro o un gato.
NOTA
En San Isidro Ordenanza 059 (Entró en rigor el 14 de diciembre
del 2003)
Información enviada por ALCO PERU ( www.alcoperu.org
)
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